Multas y pérdida de puntos por exceso de velocidad (nuevos límites)
Ya escribí hace unas semanas acerca de como se puede recurrir una multa por exceso de velocidad, en este artículo voy a comentar cuales son las sanciones, cuantía de la multa y pérdida de puntos correspondiente, en base a la velocidad a la que circulamos y al límite de velocidad estipulado en el tramo en que cometemos la infracción.
Es bien sabido que anteriormente se permitía circular a 140 Km/h en autovía con un turismo o una motocicleta, y sólo cuando se circulaba a 141 Km/h o a una velocidad superior, el radar saltaba y realizaba la fotografía del vehículo infractor. Ahora la Guardia Civil de Tráfico podrá poner más multas ya que ese margen ha quedado reducido a 132 Km/h en los tramos limitados a 120 km/h. Por lo tanto, ahora nos podrán sancionar por circular a 133 Km/h, esta infracción es considerada grave y conlleva una multa de 120 euros sin pérdida de puntos.
El cambio de criterio se ha llevado a cabo sin que la DGT haya realizado una campaña de comunicación lo que da una idea del afán recaudador de este organismo. Ahora la tolerancia en los límites de velocidad está basada en la suma de los posibles errores del radar y el velocímetro. No hay manga ancha adicional como antés, la DGT ha decido aplicar lo que señala la ley, es decir, tolerar un margen de error del 5% en el velocímetro del automóvil, y sumar el otro margen de error del 5% del radar, haciendo que un conductor pueda ser multado cuando la velocidad a la que circula sea de un 10% por encima del límite. Esto es aplicable sólo a los límites de 100, 110 y 120 Km/h, pues por debajo de éstos, la tolerancia es un aumento fijo de la velocidad de 10 Km/h, margen más generoso porcentualmente.
En el siguiente cuadro os pongo las sanciones, multas y pérdida de puntos del carné de conducir que nos pueden caer dependiendo del límite de velocidad y la velocidad a que circulemos con nuestro coche o vehículo. Es importante saber que para los vehículos con más de 3.500 Kg y los que transportan más de 9 viajeros, a igual infracción las multas son mayores.
Limite Velocidad Multa Puntos Tipo
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Hasta 40 NA NA NA
41 hasta 60 100 a 120 € NA Grave
30 Km/h 61 hasta 70 140 a 150 € 2 puntos Grave
71 hasta 77 380 a 450 € 6 puntos Muy grave
78 hasta 84 450 a 520 € 6 puntos Muy grave
Más de 84 520 a 600 € 6 puntos Muy grave
Hasta 50 NA NA NA
51 hasta 70 100 a 120 € NA Grave
40 Km/h 71 hasta 80 140 a 150 € 2 puntos Grave
81 hasta 87 380 a 450 € 6 puntos Muy grave
88 hasta 94 450 a 520 € 6 puntos Muy grave
Más de 94 520 a 600 € 6 puntos Muy grave
Hasta 60 NA NA NA
71 hasta 80 100 a 120 € NA Grave
50 Km/h 81 hasta 90 140 a 150 € 2 puntos Grave
91 hasta 97 380 a 450 € 6 puntos Muy grave
98 hasta 104 450 a 520 € 6 puntos Muy grave
Más de 104 520 a 600 € 6 puntos Muy grave
Hasta 70 NA NA NA
71 hasta 90 100 a 120 € NA Grave
91 hasta 100 140 a 150 € 2 puntos Grave
60 Km/h 101 hasta 105 200 a 220 € 3 puntos Grave
106 hasta 112 380 a 450 € 6 puntos Muy grave
113 hasta 119 450 a 520 € 6 puntos Muy grave
Más de 119 520 a 600 € 6 puntos Muy grave
Hasta 80 NA NA NA
81 hasta 100 100 a 120 € NA Grave
101 hasta 110 140 a 150 € 2 puntos Grave
70 Km/h 111 hasta 120 200 a 220 € 3 puntos Grave
121 hasta 128 380 a 450 € 6 puntos Muy grave
129 hasta 136 450 a 520 € 6 puntos Muy grave
Más de 136 520 a 600 € 6 puntos Muy grave
Hasta 90 NA NA NA
91 hasta 110 100 a 120 € NA Grave
111 hasta 120 140 a 150 € 2 puntos Grave
80 Km/h 121 hasta 130 200 a 220 € 3 puntos Grave
131 hasta 135 300 a 300 € 4 puntos Grave
136 hasta 143 380 a 450 € 6 puntos Muy grave
144 hasta 151 450 a 520 € 6 puntos Muy grave
Más de 151 520 a 600 € 6 puntos Muy grave
Hasta 100 NA NA NA
101 hasta 120 100 a 120 € NA Grave
121 hasta 130 140 a 150 € 2 puntos Grave
90 Km/h 131 hasta 140 200 a 220 € 3 puntos Grave
141 hasta 150 300 a 300 € 4 puntos Grave
151 hasta 158 380 a 450 € 6 puntos Muy grave
159 hasta 166 450 a 520 € 6 puntos Muy grave
Más de 166 520 a 600 € 6 puntos Muy grave
Hasta 110 NA NA NA
111 hasta 130 100 a 120 € NA Grave
131 hasta 140 140 a 150 € 2 puntos Grave
100 Km/h 141 hasta 150 200 a 220 € 3 puntos Grave
151 hasta 165 300 a 300 € 4 puntos Grave
166 hasta 174 380 a 450 € 6 puntos Muy grave
175 hasta 183 450 a 520 € 6 puntos Muy grave
Más de 183 520 a 600 € 6 puntos Muy grave
Hasta 121 NA NA NA
122 hasta 141 100 a 120 € NA Grave
142 hasta 151 140 a 150 € 2 puntos Grave
110 Km/h 152 hasta 161 200 a 220 € 3 puntos Grave
162 hasta 181 300 a 300 € 4 puntos Grave
182 hasta 190 380 a 450 € 6 puntos Muy grave
191 hasta 199 450 a 520 € 6 puntos Muy grave
Más de 199 520 a 600 € 6 puntos Muy grave
Hasta 132 NA NA NA
133 hasta 152 100 a 120 € NA Grave
153 hasta 162 140 a 150 € 2 puntos Grave
120 Km/h 163 hasta 172 200 a 220 € 3 puntos Grave
173 hasta 198 300 a 300 € 4 puntos Grave
199 hasta 208 380 a 450 € 6 puntos Muy grave
209 hasta 218 450 a 520 € 6 puntos Muy grave
Más de 219 520 a 600 € 6 puntos Muy grave
Nota: También hay que tener en cuenta que algunas sanciones calificadas como graves y todas las muy graves implican la suspensión del permiso de conducir.
Conclusión: Si no queréis ser multados, conducid despacito.


4 comentarios:
Buenas, me gustaría saber si por una infracción GRAVE (la vía estaba limitada a 100 km/h y esta persona iba a 145 km/h, pillado por rádar). Se supone que le van a quitar 3-4 puntos y multa de 200-220 €, pero ¿Alguien sabe si le van a suspender el permiso de conducir? (sabiendo que nunca ha tenido antecedentes). Gracias por la aclaración.
Him_Marius, esta infracción no supone la retirada del carné de conducir salvo que se haya agotado el crédito inicial de 12 puntos.
Gracias Pepelu. Me refería a que si puede ser suspendido el permiso de conducir de 1 a 3 meses, no retirada del carné.
Otra persona fue pillada por rádar a 142 km/h en una vía limitada a 90 km/h y le sancionaron con 200 y pico €, 4 puntos menos y suspensión del permiso de conducir por tiempo de 1 MES.
Espero aclaración, gracias.
Un saludo.
Perdona la confusión Him_Marius. A ver si esto te aclara.
La ley 17/2005 de 19 de julio por la que se regula el permiso y la licencia de conducción por puntos en su artículo 67 (sanciones) estipula lo siguiente:
Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 90 euros; las graves, con multa de 91 a 300 euros; y las muy graves, de 301 a 600 euros. En el caso de infracciones graves podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción por el tiempo mínimo de un mes y máximo de hasta tres meses, y en el supuesto de infracciones muy graves se impondrá, en todo caso, la sanción de suspensión por el tiempo mínimo de un mes y máximo de tres meses, todo ello sin perjuicio de las excepciones que se establecen en este artículo.
En conclusión, las sanciones graves pueden implicar suspensión del carné de conducir pero no necesariamente.
La infracción que mencionas en el primer comentario supone una pérdida de 3 puntos y, en principio, no es tan grave como la otra que mencionas. No obstante desconozco si también suelen suspender el carné en estas circunstancias. En caso de que se lo retiren, yo aconsejaría a la persona en cuestión que recurriese.
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