Mostrando entradas con la etiqueta Recurrir multas. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Recurrir multas. Mostrar todas las entradas

domingo 25 de mayo de 2008

Legalitas conductor sin coste al contratar Legálitas protección familiar

Legálitas aportará la tranquilidad que necesitas para tu familia, tu negocio o tu comunidad de propietarios. Especialmente útil para autónomos y para los conductores. Legálitas te podrá asesorar en materia de vivienda, consumo, familia, laboral, asuntos penales, trabajo, fiscal, declaración de la renta, problemas con tu automóvil, reclamaciones, etcétera. Un gran equipo de expertos abogados atenderá tus urgencias legales las 24 horas los 365 días del año.




Además, si contratas la protección familiar con Legálitas, te ofrecen sin coste el servicio Legálitas Conductor valorado en 70 euros al año y que incluye los siguientes servicios:

1) Gestión profesional de los puntos realizada por abogados expertos en la nueva normativa de la seguridad vial. Realizan un seguimiento exhaustivo de la evolución de tu carné por puntos a través de las multas enviadas o de las que ellos encuentren en los Boletines Oficiales. De esta manera pueden:

- Comparar sus datos con la información que tienen sobre tus puntos en la Dirección General de Tráfico y, de haber discrepancia, efectuar la reclamación pertinente.

- Según la situación de tus puntos, recomendar y efectuar las actuaciones y gestiones más eficaces para salvaguardar tu permiso de conducir por puntos, realizando los recursos oportunos para retrasar la pérdida efectiva de puntos, hasta poder recuperar algunos de dichos puntos.

2) Asesoramiento respecto de todas aquellas cuestiones jurídicas relacionadas con la circulación de vehículos a motor y la seguridad vial. Así como, cualquier duda relacionada con la implantación del permiso de conducir por puntos.

3) Búsquedas diarias en los Boletines Oficiales para detectar si se publica alguna multa que te corresponda y de cuya sanción no se tenga constancia. El objetivo es que se pueda recurrir dicha multa.

4) Elaboración, redacción, presentación, archivo y custodia de todos aquellos escritos y recursos de multas que sean procedentes hasta agotar la vía administrativa en todos sus trámites. Los recursos de multas serán siempre personalizados dependiendo de las circunstancias que hayan rodeado a la sanción y que los abogados expertos de Legálitas consideren importantes para que la multa sea retirada.

lunes 19 de noviembre de 2007

Como recurrir una multa de la ORA que ha prescrito

Coche sin distintivo en zona de aparcamiento limitado. Recurso de una multa de la ORA que ha prescrito.En este artículo adjunto un ejemplo de como debe ser el escrito para recurrir una multa de la ORA que nos ha sido notificada fuera de plazo, es decir, que ha prescrito. Es conveniente señalar que es muy posible que este tipo de recursos no sirvan para que nos quiten la correspondiente multa. Esto es debido a que la autoridad sancionadora puede haber llevado a cabo alguna acción para interrumpir el plazo de prescripción, como por ejemplo la publicación de la multa en el Boletín Oficial de la Comunidad o algún otro Boletín Oficial.

Expediente: 1234567.0 567890/12345
Vehículo: 5678 ABC
Fecha infracción: 03-02-2007

AL EXCMO. SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

DON JUAN MULTAS ORA, cuyas demás circunstancias constan en el expediente arriba referenciado, comparece y, como mejor proceda, dice:

Que ha recibido la NOTIFICACIÓN DE DENUNCIA por correo Ordinario con fecha 17 de mayo de 2007 dictada por este Ayuntamiento en Expte. Nº 1234567.0 567890/12345, por la que se resuelve imponer una sanción por estacionar sin el correspondiente distintivo en zona de aparcamiento regulado por importe de 52 euros por presunta infracción cometida el día 3 de febrero de 2007.

Que anteriormente no había sido notificado, siendo por tanto la primera comunicación que recibe de la sanción la anteriormente reseñada.

Que no estando conforme con la denuncia, formula en tiempo y forma el presente escrito de descargos sobre la base de las siguientes

ALEGACIONES:

PRIMERA.- Que él no aparcó en esa fecha en dicho lugar, por tanto no cometió la infracción que se le imputa.

SEGUNDA.- Independientemente de lo anterior, aunque hubiera cometido dicha infracción, tratándose de una de las calificadas como leves, ésta hubiera prescrito ya que el plazo establecido en el Artículo 81 de la Ley de Seguridad Vial es de tres meses (3 meses) para las infracciones leves a contar desde el día en que se cometieron los hechos.

Siendo los plazos de prescripción establecidos para la seguridad jurídica de los administrados, no corresponde la sanción ya que el derecho de defensa queda vulnerado por estar los hechos muy alejados en el tiempo, dificultando cuando no imposibilitando que los hechos sean refutados. En este caso concreto, después del tiempo transcurrido se podría tener dudas de si realmente se aparcó en zona ORA o de si al hacerlo, luego se tiró el correspondiente justificante de pago.

En su virtud,

SUPLICA: Se sirva tener por presentado este escrito, por hechas las manifestaciones que contiene, por formulado escrito de descargo contra la notificación de la denuncia de referencia, admitirlo, tramitarlo conforme a derecho y dictar resolución, por la que se declaré la prescripción de los hechos, la anulación del expediente sancionador y se deje sin ningún valor ni efecto la multa notificada.

En gracia que espera alcanzar.
En Madrid, a cuatro de febrero de dos mil siete.

Firma en escrito para recurrir multas
Fdo: Juan Multas Ora.

Nota: Los datos en azul son datos que se deben sacar de la notificación de la denuncia o multa.

Artículos relacionados: Como recurrir una multa de aparcamiento.

lunes 16 de julio de 2007

Como no se debe recurrir una multa

Multas por exceso de velocidad - señal de 70 Km/hLas multas de tráfico se pueden recurrir de diversas maneras y en esta bitácora encontraréis algunos ejemplos acerca de como escribir las alegaciones para recurrir una multa. El caso es que hace unos días llegó a mis manos un recurso de multa por exceso de velocidad que me hizo troncharme de risa.

Un automovilista que circulaba a 250 Km/h por una vía limitada a 70 Km/h era cazado por un radar y tras recibir la multa escribía las siguientes alegaciones:

Señor juez, he visto perfectamente la señal de 70, en negro con círculo rojo, sobre el panel de tráfico, sin ninguna otra indicación de unidades (métricas).

Usted sabe que la Ley de Pesas y Medidas de 8 de julio de 1892, en su artículo primero, plantea la obligatoriedad del sistema métrico decimal en España, y que la Ley 3/1985 de Metrología de 18 de marzo establece en su artículo segundo: “Son unidades legales de medida las unidades básicas y derivadas del Sistema Internacional de Unidades (SI), adoptado por la Conferencia General de Pesas y Medidas y vigentes en la Unión Europea”.

Usted puede verificar todo esto en la página web del Boletín Oficial del Estado. Así pues, puesto que según el SI, la unidad de longitud es el metro y la unidad de tiempo es el segundo, resulta evidente decir que la unidad de velocidad legal es, en consecuencia, el metro por segundo.

No puedo ni imaginar por un momento que el Ministerio del Interior no esté aplicando las leyes del País o inclusive de Europa.

Por tanto, 70 metros por segundo corresponderían exactamente a 252 Km/h.

La policía me puso una multa ya que afirma que he sido fotografiado a una velocidad de 250 Km/h, esto no lo pongo en duda. Me encontraba pues 2 km/h por debajo del límite autorizado.

Le agradezco tome usted buena nota de ello, devuélvanme mi carné de conducir y retiren la denuncia contra mi persona.

Yo os puedo confirmar que las leyes mencionadas en las alegaciones existen, de hecho podéis leer la de 1985 pulsando en el enlace que he creado. Eso si, dudo mucho que el juez hiciese caso de este recurso y, en todo caso, a parte de sonreírse, probablemente aumentó el importe de la multa por burlas a la autoridad.

viernes 11 de mayo de 2007

Como recurrir una multa de aparcamiento

En este artículo adjunto un ejemplo de como debe ser el escrito para recurrir una multa de circulación por aparcamiento indebido. No obstante tengo que reseñar que el presente escrito de alegaciones fue presentado para recurrir una multa en el año 1997, cuando todavía estaba vigente el antiguo Reglamento General de Circulación, por lo que los artículos a los que hace referencia pueden haber cambiado. Por ello, emplazó a los lectores a que localicen los artículos correspondientes en el actual Reglamento General de Circulación aprobado por el Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre.


Expediente: 1234567.0 123456/78901
Vehículo: 1234 XYZ
Fecha infracción: DD-MM-1997

AL DEPARTAMENTO DE GESTIÓN INTEGRADA DE MULTAS DE CIRCULACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID

DOÑA MARÍA MULTAS TRÁFICO, cuyas demás circunstancias constan en el expediente arriba referenciado, ante este departamento comparece y, como mejor proceda, dice:

Que le ha sido notificada denuncia por estacionar en doble fila sin conductor en vía preferente y, no estando conforme con la misma, formula en tiempo y forma el presente escrito de descargos sobre la base de las siguientes

ALEGACIONES:

PRIMERA.- Disconformidad con la cuantía por la que se le sanciona.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 94.2 del Reglamento General de Circulación, aprobado por Decreto 13/1.992, estacionar en doble fila no está calificado como falta grave, por lo que habrá de entenderse que dicha infracción es leve, y sancionarse la misma, con multa de hasta 15.000 pesetas y no de 25.000 pesetas como es el caso, y ello por así disponerlo el art. 67 del Real Decreto Legislativo 339/1.990. Por todo ello procede sancionar la infracción como leve, al no estar contemplada la misma como grave.

SEGUNDA.- Se señala asimismo que la que suscribe, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 9 y siguientes del Real Decreto Legislativo 339/1.990 citado, y a los efectos de conducir con la debida diligencia y precaución exigidas en dichos preceptos, y en todo caso por causa de fuerza mayor, al encontrarse indispuesta y con ganas de vomitar debido a las habituales molestias que padecen las mujeres embarazadas (ver certificado médico adjunto), estacionó el vehículo y se bajó del mismo, y que estuvo el vehículo estacionado durante unos minutos hasta que se encontró en condiciones de volver a conducir.

En su virtud,

SUPLICA: Se sirva tener por presentado este escrito con el documento unido, por hechas las manifestaciones que contiene, por formulado escrito de descargo contra la notificación de la denuncia de referencia, admitirlo, tramitarlo conforme a derecho y dictar Resolución, por la que, por existir una causa de fuerza mayor, se anule y se deje sin ningún valor ni efecto la multa notificada.

En gracia que espera alcanzar.
En Madrid, a diez de junio de mil novecientos noventa y siete.

Firma en escrito para recurrir multas
Fdo: María Multas Tráfico.

Nota: Los datos en azul son datos que se deben sacar de la notificación de la denuncia o multa.

viernes 27 de abril de 2007

Como recurrir una multa por exceso de velocidad

En este artículo adjunto un ejemplo de como debe ser el escrito para recurrir una multa por exceso de velocidad. No obstante tengo que reseñar que el presente escrito de alegaciones fue presentado para recurrir una multa en el año 1995, cuando todavía estaba vigente el antiguo Reglamento General de Circulación, por lo que los artículos a los que hace referencia pueden haber cambiado. Por ello, emplazó a los lectores a que localicen los artículos correspondientes en el actual Reglamento General de Circulación aprobado por el Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre.

Multas y más multas, todo un negocio
Expediente: 44/444444444/4
Vehículo: 1234 XYZ
Fecha infracción: DD-MM-1995

JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO DE SORIA

DON PERICO MULTAS MULTADO, cuyas demás circunstancias personales constan en el expediente al margen referenciado, ante la Jefatura Provincial de Tráfico,

EXPONGO:

Que en fecha DD de MM de 1995 se me notificó denuncia por una supuesta infracción de tráfico, en el kilómetro 125 de la carretera N-111, dirección Soria, imponiéndoseme una sanción de 16.000.- pesetas, por un supuesto exceso de velocidad conforme al Art. 48 del Reglamento General de Circulación, y no estando de acuerdo con la misma, por medio del presente, vengo a efectuar las siguientes:

ALEGACIONES:

PRIMERA.- Señala el boletín de denuncia que, de acuerdo con la medición realizada con el cinemómetro Mesta 205, circulaba a una velocidad de 121 Km/h, cuando el máximo permitido era la limitación genérica de 100 Km/h. No obstante, lo que se omite hacer constar, es que me encontraba efectuando o acababa de efectuar un adelantamiento a un vehículo que circulaba a velocidad inferior a 100 Km/h, supuesto previsto en el propio Art. 51 del Reglamento para permitir rebasar el límite genérico en carreteras convencionales, en 20 Km/h, es decir hasta 120 Km/h, a lo cual habría que añadir el margen de error del aparato medidor (± 5 Km/h), así como el del propio velocímetro del automóvil, no siendo extraño que el mismo pudiera ser de otros ± 5 Km/h, aproximadamente.

SEGUNDA.- A fin de probar mis alegaciones, solicito que se practiquen las siguientes PRUEBAS:

- Que por el agente firmante de la denuncia, se haga constar en su informe, si pudo comprobar o no que en el momento de la medición efectuada me encontraba realizando o acababa de realizar un adelantamiento a otro vehículo.

- Que asímismo, se haga constar si fue él quien personalmente hizo la lectura del cinemómetro utilizado.

TERCERA.- Finalmente, solicito que se me dé traslado de copia de la fotografía realizada en el momento de cometer la supuesta infracción, así como de la documentación relativa al aparato cinemómetro Mesta 205, antena 1029, y de cuantos documentos y escritos pudieran unirse al expediente con posterioridad a la fecha de la denuncia.

Por lo anteriormente manifestado,

SOLICITO: Que se tenga por presentado el presente escrito de alegaciones, en tiempo y forma y, en su virtud y previos los trámites solicitados y los legalmente procedentes, se me retire y suprima el expediente sancionador al margen referenciado, con la consiguiente supresión de la multa de 16.000 pesetas.

En Medinaceli, a veinte de abril de mil novecientos noventa y cinco.

Firma en escrito para recurrir multas
Fdo: Perico Multas Multado.

Nota: Los datos en azul son datos que se deben sacar de la notificación de la denuncia o multa.

jueves 8 de febrero de 2007

¿Qué ocurre si no se pagan las multas ni se recurren mediante un escrito de alegaciones?

Moto grúa en multasEntonces la multa se considera como propuesta de resolución, elevándose por el órgano instructor al sancionador para que dicte la resolución que proceda.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes ante la autoridad competente, como se indica en la notificación de dicha resolución.

viernes 12 de enero de 2007

¿Qué se debe hacer si no se está de acuerdo con la multa?

Multa por aparcar en la piscinaSi el denunciado cree que no ha cometido la infracción de la que se le acusa, dispone de un plazo de quince días hábiles para recurrir la multa y alegar lo que considere conveniente a su defensa, y proponga las pruebas que crea oportunas ante el órgano que se señala en la notificación de la denuncia.

1. El instructor acuerda que se practiquen las pruebas necesarias para averiguar y calificar los hechos. Sólo podrá rechazar el recurso interpuesto por el interesado mediante resolución motivada cuando sean improcedentes las pruebas alegadas.

2. El órgano instructor le formulará una propuesta de resolución de la multa al órgano sancionador, para que éste dicte la resolución que proceda.

3. Finalmente el órgano sancionador dicta la resolución, contra la que se puede protestar, recurrir o reclamar de nuevo interponiendo un recurso de alzada en el plazo de un mes ante la autoridad competente, como se indica en la notificación de dicha resolución.

jueves 11 de enero de 2007

Nace multas

Información sobre el carné por puntos y las multas de tráfico. Como reclamar, recurrir y ganar el recurso.

Webmaster Link Exchange - Free Web Link Exchange Directory. Where Webmasters go to trade links with other webmasters