martes 18 de diciembre de 2007

¿Se colapsarán los juzgados por los delitos de tráfico? (Lista de infracciones con pena de prisión)

Multas de tráfico y el cartel de 50 Km/h en el pueblo de AveinteMientras la Dirección General de Tráfico (DGT) confía en que la reciente modificación en materia de Seguridad Vial del Código Penal influya satisfactoriamente en un descenso de la siniestralidad y las multas de tráfico, los jueces, fiscales y tramitadores de los juzgados no tienen una visión tan optimista. Pese a que la jurisdicción penal es de las que mejor funcionan en España, es preocupante como se va a realizar la ejecución de las penas y multas que se deriven de los nuevos delitos de tráfico. Aunque el acusado se libre en una primera causa de la cárcel y se le imponga una multa más una pena de trabajo en beneficio de la comunidad, en caso de reincidencia por parte del conductor, los jueces y fiscales pueden optar por solicitar la pena de prisión.

Sin duda, esta reforma del Código Penal llevará más personas a la cárcel en un momento en el que las cárceles ya están llenas y es dudoso que existan recursos y servicios penitenciarios suficientes para administrar las condenas. Otro punto es cómo los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria van a garantizar que los infractores lleven a cabo los trabajos en beneficio de la comunidad ya que, tras la reforma, multa y trabajo en beneficio de la comunidad van siempre juntos (antes la multa podía ir o no acompañada de un trabajo en beneficio de la comunidad).

No debe olvidarse que la puesta en marcha del carné por puntos ha colapsado la jurisdicción contencioso-administrativa. Así que, desde mi humilde opinión, si se quiere combatir desde la justicia la tragedia que se vive en las carreteras españolas, va a ser necesario mejorar y reforzar las dotaciones personales y materiales en los juzgados e incrementar las campañas de concienciación ciudadana.

Lista de infracciones que llevan asociada pena de prisión

Velocidad: Por excesos de velocidad de más de 60 Km/h en vías urbanas o travesías y por excesos de velocidad de más de 80 Km/h en carreteras. Para estas infracciones la pena es de tres a seis meses de prisión o multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, acompañadas ambas penas de privación del carné de conducir de uno hasta cuatro años.

Alcohol: Dar tasas de alcohol superiores a 0,60 mg/l en aire o de 1,2 gr/l en sangre o conducir bajo la influencia de drogas. Este supuesto conllevaría la misma pena que los excesos de velocidad mencionados anteriormente. Por otro lado, la negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia conlleva una pena de prisión de seis meses a un año y privación del carné de conducir de uno a cuatro años.

Conducir sin carné: Esta medida entrará en funcionamiento a partir del 1 de mayo de 2008. Conducir sin carné, tanto si se trata por haber perdido todos los puntos como si no se ha obtenido el carné nunca, llevará asociado una pena de prisión de tres a seis meses o multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Causar lesiones: Si al cometer los delitos anteriores, además causamos lesiones, entonces se aplica la pena del delito más grave en su mitad superior. Por ejemplo: conducción bajo los efectos del alcohol más atropello con muerte. En este caso la sanción será de dos años y medio a cuatro años de carcel más la pérdida definitiva del carné de conducir.

jueves 13 de diciembre de 2007

Nuevos radares en los túneles de la M-30 dispuestos a ponerte una multa

Radar RAI2002 poniendo multas en la M30 de MadridEl Ayuntamiento de Madrid ha colocado e instalado dieciséis nuevos radares fijos en los túneles de la M-30. El objetivo, según el ayuntamiento es vigilar pero no multar, sin embargo, a partir de enero, todos aquellos conductores que circulen por los túneles de la M-30 a más de 76 kilómetros por hora (la velocidad permitida en los túneles es de 70 kilómetros por hora), podrán ser fotografiados por estos nuevos radares y, sin duda, serán sancionados con una multa por exceso de velocidad.

Listado de radares en los túneles de la M-30

A continuación os indico algunos de los radares que se encuentran en estos túneles o cerca de ellos y que ya están controlados (el que lo prefiera puede descargarse un mapa de la M-30 con la localización de dichos radares):

M30 en Marqués de Monistrol dirección A5/A42/A4: A la altura de San Pol de Mar punto kilométrico 19.060, antes de la entrada al túnel, hay un nuevo panel con un radar RAI-2002 (ver foto). Después dentro del túnel, a unos 2,7 kilómetros, antes de la salida a Pirámides, hay dos cajas insertadas en la pared con radares Multanova. Se trata de dos cajas blancas empotradas en la pared, una a cada lado.

Túnel del by-pass Norte: Este túnel va desde el Vicente Calderón hasta las salidas a la A3 y M30. Unos 800 metros aproximadamente antes de terminar el túnel hay otras dos cajas blancas empotradas en la pared (radares Multanova) que controlan todos los carriles.

Túnel del by-pass Sur: Este túnel va desde Conde de Casal hasta el Vicente Calderón. Unos 700 metros después de entrar en el túnel hay un panel luminoso con información, y después, otro con 3 flechas verdes. Detrás de estas flechas verdes está el radar. Es un RAI-2002 y en principio controla el carril izquierdo. También hay radares en el by pass sentido A-3 a Puente de los Franceses, en Santa María de la cabeza, en la Glorieta de Pirámides, en Puente de San Isidro-Glorieta del Marqués de Vadillo y pasada la salida Virgen del Puerto.

Entrada desde la A4 tomando la M30 sentido A42/A5/A6: A la altura del mercado de Legazpi, antes de la entrada al túnel, justo antes de la pasarela peatonal, hay un nuevo panel con un RAI-2002 en el carril izquierdo. Después, una vez en el túnel, a unos 300 metros, antes de la salida a la A42, hay una caja insertada en la pared con un radar Multanova.

Entrada a Madrid por la Av. Portugal (A5): Aproximadamente 500 metros después de entrar en el túnel hay otros dos radares Multanova. Controlan todos los carriles.

Entrada a Madrid por la A4, túnel hacia Embajadores: Según entras a Madrid por la A4 una vez pasada la M40, se puede ir a la izquierda (M30 Oeste), a la derecha (M30 Este) o bien entrar por un túnel que hay en el centro que te lleva a la calle Embajadores. Unos metros antes de entrar en este túnel, tras un cartel luminoso hay colocados dos cámaras RAI-2002, una para cada carril. Ojo, en ese punto el límite es de sólo 50 km/h.

Tunel de la Avenida de la Ilustración: Hay un radar en el punto kilométrico 25.700.

Otros radares de la calle 30

En la entrada de la A1 en el punto kilométrico 0.500 sentido Puente de Ventas; en el enlace de O'Donnell con la Calle 30 en el punto kilométrico 7.800; en el by pass sentido Norte a Puente de Ventas; así como en el paso inferior de Costa Rica sentido Príncipe de Vergara.

Si alguien conoce la existencia de algún otro radar que yo no haya mencionado, por favor que lo indique insertando un comentario.

miércoles 12 de diciembre de 2007

Primer condenado a cárcel por conducir bebido

Multas por ir bebido acompañadas de cárcel o prisiónUn hombre ha sido condenado en Valencia a seis meses de cárcel, dos meses por coducir bajo los efectos del alcohol y otros cuatro por negarse a hacerse la prueba de la alcoholemia. No obstante, la condena de prisión es conmutable por una multa de 2.160 euros. Se trata del primer condenado a cárcel después de haber entrado en vigor la reforma del Código Penal, el nuevo Código Penal equipara el rechazo a someterse a la prueba de la alcoholemia con la conducción temeraria.

La Policía Local, tras detectar que el mencionado conductor circulaba de una forma que podía poner en peligro la seguridad de otros conductores y de los peatones, le obligó a parar practicándole una primera prueba de alcoholemia que arrojó una tasa de alcohol de 0,62 miligramos por litro de aire espirado cuando el límte para la infracción penal es 0,60. Entonces la Policia procedió a trasladar al acusado a la comisaría para realizarle una nueva prueba durante la cual el conductor sopló tres veces intencionadamente de forma incorrecta.

Después de estos hechos el conductor fue denunciado celebrándose un juicio rápido, durante el cual, el juez lo condenó por ir bebido a dos meses de cárcel, conmutables por una multa de 720 euros, y a la pérdida del carné de conducir durante ocho meses. Asimismo, por haberse negado a someterse a la prueba de alcoholemia, le impuso una pena de cuatro meses de prisión, conmutables por una multa de 1.440 euros, y a la retirada del carné de conducir durante otros ocho meses.

Moraleja: No conduzcas bebido. Si conduces bajo los efectos del alcohol, aunque no causes o tengas un accidente, puedes acabar en la cárcel y con antecedentes penales.