Como recurrir una multa de la ORA que ha prescrito
En este artículo adjunto un ejemplo de como debe ser el escrito para recurrir una multa de la ORA que nos ha sido notificada fuera de plazo, es decir, que ha prescrito. Es conveniente señalar que es muy posible que este tipo de recursos no sirvan para que nos quiten la correspondiente multa. Esto es debido a que la autoridad sancionadora puede haber llevado a cabo alguna acción para interrumpir el plazo de prescripción, como por ejemplo la publicación de la multa en el Boletín Oficial de la Comunidad o algún otro Boletín Oficial.
Expediente: 1234567.0 567890/12345
Vehículo: 5678 ABC
Fecha infracción: 03-02-2007
AL EXCMO. SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
DON JUAN MULTAS ORA, cuyas demás circunstancias constan en el expediente arriba referenciado, comparece y, como mejor proceda, dice:
Que ha recibido la NOTIFICACIÓN DE DENUNCIA por correo Ordinario con fecha 17 de mayo de 2007 dictada por este Ayuntamiento en Expte. Nº 1234567.0 567890/12345, por la que se resuelve imponer una sanción por estacionar sin el correspondiente distintivo en zona de aparcamiento regulado por importe de 52 euros por presunta infracción cometida el día 3 de febrero de 2007.
Que anteriormente no había sido notificado, siendo por tanto la primera comunicación que recibe de la sanción la anteriormente reseñada.
Que no estando conforme con la denuncia, formula en tiempo y forma el presente escrito de descargos sobre la base de las siguientes
ALEGACIONES:
PRIMERA.- Que él no aparcó en esa fecha en dicho lugar, por tanto no cometió la infracción que se le imputa.
SEGUNDA.- Independientemente de lo anterior, aunque hubiera cometido dicha infracción, tratándose de una de las calificadas como leves, ésta hubiera prescrito ya que el plazo establecido en el Artículo 81 de la Ley de Seguridad Vial es de tres meses (3 meses) para las infracciones leves a contar desde el día en que se cometieron los hechos.
Siendo los plazos de prescripción establecidos para la seguridad jurídica de los administrados, no corresponde la sanción ya que el derecho de defensa queda vulnerado por estar los hechos muy alejados en el tiempo, dificultando cuando no imposibilitando que los hechos sean refutados. En este caso concreto, después del tiempo transcurrido se podría tener dudas de si realmente se aparcó en zona ORA o de si al hacerlo, luego se tiró el correspondiente justificante de pago.
En su virtud,
SUPLICA: Se sirva tener por presentado este escrito, por hechas las manifestaciones que contiene, por formulado escrito de descargo contra la notificación de la denuncia de referencia, admitirlo, tramitarlo conforme a derecho y dictar resolución, por la que se declaré la prescripción de los hechos, la anulación del expediente sancionador y se deje sin ningún valor ni efecto la multa notificada.
En gracia que espera alcanzar.
En Madrid, a cuatro de febrero de dos mil siete.

Fdo: Juan Multas Ora.
Nota: Los datos en azul son datos que se deben sacar de la notificación de la denuncia o multa.
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